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Víctimas de violencia de género. Valoración de su testimonio y declaración. Criterios del Supremo.

Ainhoa Mayoral • mar 04, 2020

¿Sufres maltrato o violencia de género? ¿Cómo te puede ayudar una pericial psicológica? ¿En qué consiste el informe pericial para víctimas de violencia de género? ¿Qué características tienen estas víctimas? ¿Qué aspectos de su declaración son relevantes para el Juez?

  • ¿Qué vas a encontrar aquí?

    1. Marco actual en Violencia de Género.


    2. Juzgados de Violencia Sobre la Mujer.


    3. ¿Qué entendemos por maltrato sobre la mujer?


    4. ¿Qué busca el agresor de violencia de género?


    5. ¿Cómo son las víctimas?

    5.1. Peculiaridades de estas víctimas.


    6. Valoración de la delcaración de las víctimas.

    6.1. ¿Qué buscamos en estas declaraciones?


    7. Supremo fija 11 criterios orientativos a valorar en las declaraciones de las víctimas.

    7.1. Otros aspectos a tener en cuenta según el TSJ.

1. Marco actual en Violencia de Género

La creación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de protección Integral contra la Violencia de Género ha supuesto múltiples avances con respecto a la violencia de género en nuestro país.

Así, ésta prevé ciertas modificaciones en el Código Penal como que se  impongan, en las penas suspendidas, una serie de condiciones como por ejemplo el alejamiento de la víctima. Además, con ella se modificarán ciertos tipos penales agravándose las penas para ciertos delitos como el de lesiones o quebrantamiento.

Asimismo, se crea la Fiscalía contra la Violencia sobre la Mujer y la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. Finalmente, no podemos olvidar que, como consecuencia de la LO 1/2004, también se crearán los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, muy relacionados con nuestra labor como psicólogos forenses y el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

2. Juzgados de Violencia Sobre la Mujer

Estos Juzgados actúan tanto en el ámbito penal como civil y además, prestan asistencia a las víctimas de maltrato de género (incluidos los menores). Se crean, además de por la necesidad de distinguir estos delitos de otro tipo de agresiones, por el incremento de mujeres maltratadas en las últimas décadas y por tanto, por el aumento de demandas y de solicitudes de informes periciales en casos de violencia de género.

3. ¿Qué entendemos por maltrato sobre la mujer?

Como decíamos, la violencia sobre la mujer ha experimentado un desarrollo espectacular en las dos últimas décadas, quizás porque ha aumentado sin más o quizás porque ahora emerja más al exterior, o probablemente por una mezcla de ambos.

Hay razones históricas y culturales que explican la persistencia de los malos tratos a mujeres y a niños dentro de la familia ya que dicho maltrato era, en algunos países, una práctica permitida por la ley, que los consideraba como bienes del hombre, ejerciendo éste la propiedad y el control exclusivo.

Si bien es cierto que los ordenamientos jurídicos han ido evolucionando corrigiendo esta injusticia, también es cierto que se siguen manteniendo como eco de esas influencias históricas y culturales ciertas actitudes de tolerancia hacia la violencia sobre las mujeres.

Para entender y comprender la realidad que guarda la agresión a la mujer, debemos conocer sus características y peculiaridades, tanto para identificarla correctamente como para separarla y diferenciarla de otros hechos parecidos como la violencia familiar (donde la violencia la ejerce cualquier miembro de la familia y no tiene por qué ser sobre la mujer). 

Ya que, si no conseguimos diferenciarla, será más fácil reducirla a determinadas circunstancias que volverán a ocultar el significado real de este tipo de conductas.
Mano sujetando con fuerza un brazo con puño cerrado

💡 Es más una violencia con intención de aleccionar que de lesionar

Se puede decir que la conducta violenta sobre la mujer tiene dos componentes. El instrumental, que contiene los objetivos y motivaciones, y el emocional que hace referencia a la carga afectiva que se pone al llevar a cabo la conducta o el acto.

El principal objetivo que pretende el agresor de violencia de género es aleccionar a la mujer para dejar de manifiesto que mantiene la autoridad en la relación y cuál debe ser el papel que debe jugar cada uno en ella, quedando claro que el de la mujer es estar sometida a los criterios del hombre

4. ¿Qué busca el que ejerce violencia de género? 

Dominar y ejercer control sobre la mujer. Esta es la principal diferencia de la violencia familiar, donde ésta se ejerce sobre cualquier miembro de la familia y nunca con el objetivo de aleccionar o dominar a la otra persona.

También es importante diferenciar la violencia de género de los conflictos de pareja. Estos, en sí mismos, no son negativos y se producen en cualquier relación de pareja. Lo que verdaderamente diferencia a una pareja sana de una violenta es que la primera, utiliza formas adecuadas de solución de problemas, mientras que la segunda recurre a la violencia como forma más rápida y efectiva de zanjar un problema. 

Para entender el comportamiento del agresor de forma muy general podemos decir que la violencia, en los casos de maltrato, actúa como reforzador porque la víctima acaba haciendo lo que el agresor quiere. Es decir, al agresor ha visto cómo le funciona su estrategia y, por tanto, volverá a repetir su comportamiento en el futuro porque le ha funcionado en el pasado.

A partir de este momento la posición de ambos se empieza a escalonar: el agresor irá hacia arriba sintiendo que cada vez ostenta más poder y siendo reforzado por el comportamiento de la víctima. Mientras que ella irá hacia abajo, cada vez más se irá convirtiendo en víctima y llegará a minimizar las agresiones por habituación, acostumbrándose a ser maltratada y empezando a quitarle importancia a las agresiones sufridas.
Mano tapando la boca a chica con cara de asustada

5. ¿Cómo son las víctimas?

No podemos decir que exista, hasta el momento, un perfil claro de víctima, ya que podemos encontrar mujeres de distintas edades, diferente clase social y económica, mujeres de distintas culturas que sufren violencia de género. Si bien sí que se han encontrado en ellas ciertas características de personalidad que, a su vez, cronifican el problema de maltrato.
  • Baja autotestima
  • Deficiente asertividad
  • Escasa capacidad de iniciativa
  • Conductas de sumisión

Peculiaridades de las víctimas de violencia de género

Por otro lado, para entender el comportamiento de las víctimas de maltrato a continuación analizaremos una serie de peculiaridades que aparecen como consecuencia de la situación de violencia constante experimentada y que, a su vez, nos ayudan a comprender las características de su declaración durante el procedimiento judicial:
  • Ambivalencia afectiva y dependencia: la víctima, por un lado, no desea romper la relación con el agresor porque entre ellos existe una relación de afectividad, una historia amorosa y, en ocasiones, cierta dependencia (emocional o económica) pero al mismo tiempo está siendo maltratada por el agresor y quiere terminar con esa situación.
  • Minimización de las agresiones: es muy común, sobre todo al principio, la minimización por parte de la víctima de los daños o agresiones sufridos. Ésta no desea que la relación termine y, por tanto, le quita importancia a las agresiones o faltas de respeto por parte del agresor. No sólo lo hará con respecto a los demás, sino también con respecto a sí misma. Esta minimización es muy frecuente en su discurso interno y externo y, habitualmente, le confiere una imagen "poco victimista" que puede crear confusión en otras figuras no familiarizadas con el proceso de victimización.
  • Autoinculpación defensiva: tratando de minimizar los daños, la víctima asumirá la culpa de las agresiones por parte del maltratador a través de verbalizaciones como "es culpa mía"; "debería de haberme dado cuenta de que estaba cansado"; "no tenía que haber salido esa noche". No podemos olvidar que esta autoinculpación es un mecanismo adaptativo que la víctima utiliza de forma automática.
  • Disimulación de síntomas: es muy común, al contrario de lo que se suele pensar, que en el perfil de cualquier víctima aparezca la disimulación de síntomas. Lo apreciaremos en su discurso, minimizando los daños sufridos, pero también en los resultados obtenidos a través de instrumentos psicométricos, obteniendo éstas perfiles específicos que han sido ya estudiados por la Victimología y que son, por tanto, difíciles de falsificar.
  • Disociación traumática: es normal que las víctimas, especialmente aquellas que pasan por situaciones traumáticas, no recuerden ciertos aspectos como por ejemplo, cómo reaccionaron ellas ante la violencia o qué sucedió después de ser agredida, pero que sí recuerden otros como por ejemplo qué hacía, qué llevaba puesto, qué decía el agresor debido a lo que llamamos disociación traumática y que nuestra mente utiliza como mecanismo de defensa. 
Este proceso consiste básicamente en que nuestra mente se fragmenta existiendo momentos en los que no somos conscientes de por qué hacemos una cosa u otra, dando lugar a lo que se conoce como amnesia disociativa. ¿Y por qué hace esto la mente? Normalmente ocurre porque hemos estado expuestos a situaciones traumáticas en nuestra vida donde hay menos capacidad de integración. Esta peculiaridad también suele crear bastante confusión a la hora de valorar la validez de la declaración de la víctima puesto que, normalmente, se tiene en cuenta que no existan lagunas en la misma.
  • Ansiedad: al principio la sintomatología que más se aprecia en la víctima será la ansiosa, puesto que ésta se encuentra en un estado de alerta permanente y lo ha estado constantemente durante un periodo prolongado de tiempo. Esta situación de sobresalto en la que se ha mantenido la mujer maltratada le impide experimentar depresión porque ha de mantenerse "alerta".
  • Depresión: más adelante y con el paso del tiempo, cuando la víctima deja de mantener contacto con el agresor durante un periodo prolongado de tiempo, este estado de alerta disminuye y entonces aparecerá los síntomas depresivos. El funcionamiento de la sintomatología, en ocasiones crea bastante confusión ya que lo más coherente es que la víctima siempre se muestre deprimida, sin embargo, esta depresión no aparecerá hasta transcurrido un tiempo.
Personas en una mesa hablando sobre unos documentos

6. Valoración de la declaración de la víctimas

Cuando realizamos un informe pericial sobre los daños y/o secuelas de supuestas víctimas de violencia de género, seguimos la estructura de cualquier informe pericial pero teniendo en cuenta algunas peculiaridades. 

Si quieres seguir leyendo sobre cómo realizar un informe pericial psicológico en casos de maltrato te recomendamos leas la siguiente entrada:
👉 Informe pericial psicológico en casos de maltrato
Uno de los aspectos más relevantes durante nuestra evaluación pericial a supuestas víctimas y que está relacionado con el tema que hoy nos atañe, será determinar la credibilidad de su testimonio, ya que no son pocas las situaciones en las que se trata de obtener ganancias secundarias en este tipo de procedimientos. 

La valoración de la credibilidad del testimonio no es un asunto sencillo y menos aún cuando se trata de un adulto. Contamos con instrumentos algo más elaborados pero estos suelen ser más efectivos con menores víctimas de abuso o agresión sexual, como el SVA.

Así que para ello nos basamos principalmente en determinadas peculiaridades que suelen presentar las víctimas de violencia de género (comentadas anteriormente) y en ciertos aspectos con los que debe de contar su declaración.

¿Qué buscamos en la declaración de cualquier víctima?

  • Congruencia emocional: valoramos si existe relación entre el lenguaje verbal y no verbal. Principalmente se trata de ver si existe conexión entre lo que cuenta la víctima y su afecto (sentimientos, emociones, etc). 
  • Ausencia de estereotipos: normalmente la historias de violencia de género y los agresores cuentan con determinadas características que van más allá de los estereotipos que escuchamos en los medios.
  • Información consistente y coherente: buscamos ausencia de contradicciones entre las distintas declaraciones de la víctima.
  • Detalles: será también relevante atender a la cantidad de detalles con que cuentan las declaraciones. Si ésta no incluye detalles, inferencias, interacciones, referencias temporales....será más difícil considerarla como creíble.
  • Escalas de control de validez de los diferentes instrumentos: normalmente durante las evaluaciones psicológicas con fines periciales utilizaremos instrumentos de evaluación psicométricos y será fundamental atender a escalas relacionadas con la simulación, disimulación o manipulación de la imagen. Tal y como hemos mencionado anteriormente, existen perfiles característicos estudiado por la Victimología con los que tendremos que estar familiarizados y que serán difíciles de falsificar.
micrófono en sala de juicio

7. El Supremo fija los 11 criterios orientativos a valorar en las declaraciones de víctimas de violencia de género

Como decíamos antes, valorar la credibilidad del testimonio en supuestas víctimas es fundamental pero una tarea compleja. Así, el Tribunal Supremo, en su afán de objetivar y precisar el procedimiento penal en lo que a la declaración de las víctimas se refiere, ha fijado una serie de criterios orientativos a tener en cuenta por todos los tribunales en los casos de víctimas de delitos de violencia de género los cuales comentaremos a continuación:
  • Seguridad en la declaración ante el Tribunal por el interrogatorio del Ministerio Fiscal, letrado/a de la acusación particular y de la defensa.
  • Concreción en el relato de los hechos ocurridos objeto de la causa.
  • Claridad expositiva ante el Tribunal.
  • Lenguaje gestual de convicción. Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los “gestos” con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal. Muy relacionado con la congruencia emocional de la que hablábamos anteriormente.
  • Seriedad expositiva que aleja la creencia del Tribunal de un relato figurado, con fabulaciones, o poco creíble. En nuestra opinión este criterio está asociado con la ausencia de estereotipos y la coherencia que comentábamos anteriormente.
  • Expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurridos. Muy relacionado con la necesidad de incluir detalles en el relato.
  • Ausencia de contradicciones y concordancia del iter relatado de los hechos. Asociado con la coherencia y consistencia del relato, así como con las escalas de validez que valoramos a través de los tests psicométricos.
  • Ausencia de lagunas en el relato de exposición que pueda llevar a dudas de su credibilidad. De todos los criterios éste es el que consideramos más controvertido. Tal y como mencionamos anteriormente, una de las características en víctimas en general, y sobre todo víctimas que han vivido experiencias traumáticas como amenaza para la vida o agresiones sexuales, es la disociación y amnesia postraumática, lo cual supone que la víctima no recuerde, en ocasiones, ciertos aspectos del relato.
  • La declaración no debe ser fragmentada
  • Debe desprenderse un relato íntegro de los hechos y no fraccionado acerca de lo que le interese declarar y ocultar lo que le beneficie acerca de lo ocurrido. 
  • Debe contar tanto lo que a ella y su posición beneficia como lo que le perjudica

Otros aspectos a tener en cuenta según el Tribunal Supremo

Se ha establecido que, a pesar de la existencia de las líneas generales anteriores, sí que es cierto también que la víctima puede padecer una situación de temor o ‘revictimización’, por volver a revivir lo sucedido al contarlo de nuevo al Tribunal, y tras haberlo hecho en dependencias policiales y en sede sumarial, esto contribuye a lo que conocemos como victimización secundaria.

Todo lo anterior junto con los factores que citamos a continuación pueden ser tenidos en cuenta a la hora de llevar a cabo el proceso de valoración de esta declaración, como son los siguientes:
  • Dificultades de la víctima para expresarse ante el Tribunal por encontrarse en un escenario que le recuerda los hechos de que ha sido víctima y que puede llevarle a signos o expresiones de temor ante lo sucedido que trasluce en su declaración.
  • Temor evidente al acusado por la comisión del hecho dependiendo de la gravedad de lo ocurrido.
  • Temor a la familia del acusado ante posibles represalias, aunque estas no se hayan producido u objetivado, pero que quedan en el obvio y asumible temor de las víctimas.
  • Deseo de terminar cuanto antes la declaración por la situación a la que se ve sometida.
  • Deseo de olvidar los hechos por razones evidentes.
  • Posibles presiones de su entorno o externas sobre su declaración.

Bibliografía

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8. Martínez-León, M., Irurtia, M.J., Crespo, M. T., Calleja, I., Martínez-León, C., Queipo, D. Maltrato psicológico en las víctimas de violencia de género. Evaluación médico-legal y forense. Psicología Conductual, Vol. 19, Nº 1, 2011, pp. 133-155.

9. Muñoz, J. M. La evaluación psicológica forense del daño psíquico: propuesta de un protocolo de actuación pericial. Anuario de Psicología Jurídica (2013) 61-69.
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